Identificación obligatoria y drones para delivery: estos son los cambios y las nuevas normas para volar drones en Colombia

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La Aeronáutica Civil de Colombia publicó una nueva versión para el conjunto de reglamentaciones que rigen el vuelo de drones en el país. Dentro de los cambios más importantes se incluyen la introducción de la identificación obligatoria de las aeronaves, así como la introducción por primera vez de leyes para los drones de delivery.

Según explicó la entidad, la reglamentación fue modificada con el fin de aumentar el profesionalismo de la industria, al mismo tiempo que le abren las puertas a nuevas oportunidades en el mercado.

Cambios en la ley de drones en Colombia

Empezando por lo más básico, la ley ahora estipula que las aeronaves no tripuladas de por lo menos 200 gramos deben ser registradas. Esto, según la entidad, en pro de controlar más efectivamente el uso de estos dispositivos.

En la práctica, esto deja por fuera a los drones de baja capacidad, mientras que la mayoría de los drones comerciales más populares tendrán la obligación de ser registrados. Adicionalmente, los usuarios tendrán la obligación de informar a la Aerocivil sobre si la aeronave pierde su capacidad de vuelo o si llega al final de su vida útil.

Relacionado con el registro, los drones ahora tendrán que tener una identificación obligatoria, que se traduce a que van a tener etiquetas adheridas a su estructura para que sean más fáciles de identificar.

En cuanto a categorías, se mantiene la misma estructura de antes pero con algunos cambios. La Categoría Abierta comprende todos los drones utilizados en operaciones no comerciales y con pesos entre 200 gramos y 25 kilogramos, mientras que la Categoría Específica tiene un límite de 250 kilogramos. De estas, la Categoría Específica requiere tener un piloto certificado y una autorización de vuelo.

Otro cambio importante es la clarificación en las prioridades de vuelos, ya que de ahora en adelante las operaciones con aviación tripulada siempre van a tener prioridad sobre las no tripuladas.

Por último, la normativa introduce nuevos criterios para los vuelos en zonas urbanas y vuelos nocturnos. Respecto a los vuelos urbanos, los drones no podrán volar a menos de 30 metros horizontales y verticales de personas o edificios ajenos a la operación. Para los vuelos nocturnos, la Aerocivil explica que las aeronaves necesitan tener luces encendidas que hagan visible al dron, además de tener que contar con el apoyo de un observador.

Así mismo, los pilotos de drones en la Categoría Específica deberán contar con una adición de vuelo nocturno en su certificado.

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Llegan los drones de delivery a Colombia

Uno de los cambios más grandes a la normativa es la introducción de los drones de transporte de carga o Drone delivery. Si bien esto nos hace pensar en servicios como los drones de Amazon que entregan paquetes, lo cierto es que las ramificaciones son más profundas.

Todas las personas o entidades interesadas en este tipo de servicios deben cumplir con otro conjunto de reglas especiales. Primero que todo, la norma establece un tope de 50 kilogramos para la carga a transportar, y el peso en total de la aeronave no puede superar los 250 kilogramos.

Vale la pena notar que este tipo de operaciones tienen prohibido realizar vuelos nocturnos, y también deben necesariamente contar con un permiso de operación para transporte público de carga. De igual manera, las aeronaves y todo el personal involucrado deben ser avalados y tener capacitaciones certificadas específicas.

Con todo, la actualización de la normativa es un cambio bienvenido para la regulación de este tipo de aeronaves en Colombia y abre más claramente las puertas a innovaciones que hemos visto en otros países en el último par de años.

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