El impuesto vehicular es una obligación que deben cumplir todos los propietarios de vehículos matriculados en Bogotá. Este tributo se calcula con base en el valor comercial del vehículo y su pago es indispensable para evitar sanciones y mantener la legalidad del automotor.
En este apartado, te explicamos cómo consultar y pagar este impuesto de manera virtual.
¿Cómo hacerlo?
Para realizar el pago del impuesto vehicular en Bogotá, primero debes registrarte en la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda de Bogotá y generar la factura de pago.
Ingresa a la página www.haciendabogota.gov.co y selecciona la opción "Trámites y servicios más consultados", selecciona "Descarga/paga impuestos 2025".
Ingresa los datos del vehículo y haz clic en "Buscar". En la parte inferior, selecciona la opción "Paga en línea". Verifica la información y presiona "Pagar".

Revisa los datos de pago y, si todo es correcto, haz clic en "Continuar". Ingresa los datos requeridos por la plataforma y confirma el pago. Realiza la transacción a través de la plataforma de tu banco.
Descarga el comprobante de pago en formato PDF y guárdalo. Verifica en tu cuenta de la Oficina Virtual que el pago haya sido registrado.
Los contribuyentes deben tener en cuenta las fechas establecidas para realizar el pago, hasta el 16 de mayo de 2025 es el plazo máximo para obtener un descuento del 10%, y hasta el 25 de julio de 2025 es el plazo final para pagar sin descuento.
Es recomendable estar atento a posibles modificaciones en los plazos por parte de las autoridades distritales. El valor del impuesto vehicular es determinado anualmente por el Ministerio de Hacienda y se calcula en función del avalúo comercial del vehículo.
Las tarifas del impuesto vehicular para 2025 son las siguientes, los vehículos particulares con un valor de hasta 54.057.000 pesos pagan el 1,5%, aquellos entre 54.057.000 pesos y 121.625.000 pesos tienen una tarifa del 2,5%, y los que superan los 121.625.000 pesos deben pagar el 3,5%.
Las motocicletas con más de 125 cm³ tienen una tarifa del 1,5%, mientras que los vehículos públicos pagan el 0,5%. Adicionalmente, todos los propietarios deben cancelar los derechos de semaforización, equivalentes a dos salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2025 corresponden a 77.350 pesos.
No pagar el impuesto dentro de los plazos establecidos conlleva sanciones. La sanción por extemporaneidad es del 1,5% mensual sobre el valor del impuesto, sin exceder el 100% del tributo.
La sanción mínima por no declarar y pagar en 2025 será de 7 UVT ($363.000 pesos). Si se declara un valor inferior al que corresponde, la sanción por corrección será del 10% del monto adicional a pagar.
Adicionalmente, existen incentivos para los propietarios de vehículos eléctricos o híbridos matriculados en Bogotá, con descuentos en el impuesto que pueden alcanzar hasta el 70%.
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