¿Recibiste una multa de una cámara fotodetección sin permiso? Esto es lo que debes hacer

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Jessica Vargas A.

Editora

Las cámaras de fotomultas se han convertido en una herramienta común para controlar la velocidad y otras infracciones de tránsito en Colombia. Sin embargo, no todas las cámaras instaladas en el país cuentan con la debida autorización del Ministerio de Transporte.

Si has recibido una multa proveniente de una de estas cámaras, hay pasos que puedes seguir para defender tus derechos.

¿Cómo verificar?

El primer paso es verificar si la cámara que generó la sanción está autorizada. El Ministerio de Transporte publica un listado oficial y actualizado de las cámaras de detección electrónica debidamente avaladas. Este documento puede consultarse en la página web del Ministerio o a través del siguiente enlace, https://www.mintransporte.gov.co.

También puedes consultar la plataforma de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, donde están publicadas las ubicaciones aprobadas de las cámaras de fotodetección a nivel nacional, disponible en https://fotodeteccion.ansv.gov.co/ubicaciones-aprobadas.html.

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La ley

La Ley 1843 del 14 de julio de 2017 regula la instalación y adecuada señalización de medios electrónicos para la detección de infracciones de tránsito. Estos dispositivos deben contar con autorización del Ministerio de Transporte y estar acompañados de señales visibles que informen a los conductores que están entrando en una zona vigilada por cámaras o radar.

Dichas señales deben estar ubicadas antes de ingresar a estas zonas, con el fin de advertir a los ciudadanos sobre su existencia y fortalecer así las acciones preventivas frente a comportamientos no seguros.

El artículo 2° de la Ley 1843 estableció un plazo no inferior a 180 días, contados desde su promulgación, para que se emitiera la reglamentación correspondiente.

Esto se cumplió a través de la Resolución N° 718 del 22 de marzo de 2018, que definió los criterios técnicos para la instalación y operación de los dispositivos electrónicos de detección. Posteriormente, esta resolución fue derogada por la Resolución 20203040011245 de 2020, pero dejó claro que todos los dispositivos que estuvieran funcionando debían acreditar su respectiva autorización en un plazo de 180 días a partir de la expedición de la norma.

Así, desde el 18 de diciembre de 2018, todos los dispositivos utilizados para la detección de infracciones de tránsito deben estar debidamente autorizados por el Ministerio de Transporte y cumplir con los criterios técnicos definidos en la normativa vigente.

Según la Ley 1843 de 2017 y los fallos recientes de la Corte Constitucional, una multa impuesta por una cámara no autorizada es inválida. Esto significa que puedes impugnarla y solicitar su anulación.

¿Qué hacer?

Si te llega una multa y sospechas que proviene de una cámara sin permiso, lo primero que debes hacer es revisar el número de autorización de dicha cámara. Este número debe aparecer en la notificación que recibiste. Si no está o no coincide con el listado oficial del Ministerio de Transporte o de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, tienes argumentos sólidos para presentar una reclamación.

Es importante reunir pruebas, conserva la notificación, toma pantallazos del listado oficial y, si es posible, identifica la dirección exacta de la cámara para sustentar tu caso.

Luego, puedes radicar una solicitud de nulidad ante el organismo de tránsito que emitió la multa. Esto puede hacerse de forma presencial o virtual, dependiendo de la entidad, y debes adjuntar todas las pruebas mencionadas.

Si no obtienes respuesta en el tiempo estipulado por la ley o si la entidad niega la nulidad sin justificación, tienes la opción de acudir a la Superintendencia de Transporte o interponer una tutela para proteger tu derecho al debido proceso.

La Corte Constitucional ha reiterado que las cámaras deben estar señalizadas, ser visibles y contar con resolución de autorización por parte del Ministerio de Transporte. Además, ha recalcado que los ciudadanos tienen derecho al debido proceso, lo que incluye la posibilidad de defenderse ante este tipo de sanciones.

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