Pese a que el representante a la Cámara, David Racero, ha sido una de las voces más activas en la defensa de la reforma laboral del Gobierno Petro, una grabación divulgada por el periodista Daniel Coronell en la revista Cambio titulada el "Falso Racero", puso en entredicho la coherencia entre su discurso público y las prácticas laborales en su entorno personal.
Aunque este político ha defendido la remuneración del trabajo en domingos y festivos, el reconocimiento de horas nocturnas o la formalización de trabajadores de plataformas digitales, en el audio revelado se le escucha hacer una oferta laboral bajo condiciones que, de confirmarse, contravienen varios aspectos de la legislación laboral vigente en Colombia.
En la conversación, Racero habría ofrecido a una mujer un trabajo en un fruver de su propiedad como cajera con un horario de 13 horas diarias, seis días a la semana, es decir, 78 horas semanales, por una remuneración mensual de un millón de pesos.
La oferta no contemplaba prestaciones sociales ni afiliación a seguridad social, y exigía que la trabajadora realizara múltiples tareas adicionales a la caja, como aseo, manipulación de alimentos y atención al público.
Y aunque no se conoce la fecha del audio, se debe destacar que el salario mínimo en Colombia llegó al millón de pesos en 2022, y desde entonces es superior a esa cifra.
Además, Racero ha declarado que se trata de un linchamiento mediático y un atentado a su intimidad personal, aludiendo a que se trata de una grabación obtenida sin su autorización.
¿Qué establece la ley laboral colombiana?

La legislación laboral colombiana, específicamente el Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2101 de 2021, establece un régimen de reducción gradual de la jornada máxima legal semanal, que pasó de 48 horas a un objetivo de 42 horas para julio de 2026, sin afectar el salario ni los derechos adquiridos.
El cronograma vigente es el siguiente:
- Desde el 15 de julio de 2023: 47 horas semanales
- Desde el 15 de julio de 2024: 46 horas semanales
- Desde el 15 de julio de 2025: 44 horas semanales
- Desde el 15 de julio de 2026: 42 horas semanales
Además, la jornada diaria no puede exceder las 9 horas y debe distribuirse de común acuerdo entre trabajador y empleador en 5 o 6 días a la semana, garantizando al menos un día de descanso. El tiempo de almuerzo o pausas no se computa como parte de la jornada laboral.
¿Qué implicaría trabajar 78 horas semanales?

El esquema mencionado en el audio de 13 horas al día durante 6 días, representa una sobrecarga de 32 horas respecto al máximo legal actual de 46 horas semanales (vigente hasta el 14 de julio de 2025).
En otras palabras, la jornada ofrecida excedía en un 69 por ciento el límite establecido por la ley.
Un claro incumplimiento de las normas laborales que puede acarrear varias consecuencias como multas administrativas impuestas por el Ministerio del Trabajo, que pueden llegar hasta los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo de la gravedad y reincidencia.
Demandas laborales por parte de los trabajadores, quienes pueden exigir el pago de salarios caídos, prestaciones no reconocidas y hasta indemnizaciones. Así como la terminación del contrato por justa causa a iniciativa del trabajador, en caso de reiteradas violaciones a la jornada o condiciones contractuales.
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