¿Zero-rating? Corte Constitucional analiza si ese modelo vulnera el principio de la neutralidad de la red

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Jimmy Pepinosa

Editor

La Corte Constitucional de Colombia se encuentra evaluando el futuro del modelo de zero rating en el país, una práctica comercial que permite el acceso a ciertas aplicaciones sin descontar datos del plan contratado.

El análisis del alto tribunal, que arrancó hace cerca de dos años, surge a raíz de una demanda de inconstitucionalidad interpuesta en 2021 por la organización El Veinte, en la que se cuestiona si este tipo de ofertas contraviene el principio de neutralidad de la red, consagrado en el artículo 56 de la Ley 1450 de 2011.

Recordemos que bajo esta modalidad, plataformas como WhatsApp, Facebook, TikTok, Instagram y Twitter pueden usarse sin consumir el saldo de datos móviles.

Por qué se contraviene el principio de neutralidad

Celulares Usados 2 (Pexels)

El modelo de zero rating ha sido promovido por operadores móviles como una herramienta para ampliar el acceso a Internet, especialmente entre los usuarios de bajos ingresos.

De hecho, según el estudio “Estado de la neutralidad de red en Colombia” publicado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en 2022, este tipo de planes está ampliamente extendido en el país.

Sin embargo, para los demandantes, este acceso limitado constituye una forma de discriminación digital. Emmanuel Vargas, cofundador de El Veinte, sostiene que estas ofertas restringen el derecho de las personas a una experiencia plena en Internet, reduciendo el espacio digital a unas pocas plataformas dominantes.

En su opinión, eliminar estas prácticas obligaría a los operadores a competir mediante mejores condiciones de servicio y precios, y no a través del patrocinio de acceso parcial a ciertos contenidos.

La ley no es del todo clara

Notas Iphone 3 (Apple)

El debate gira en torno a una aparente contradicción dentro del mismo artículo legal. Mientras que el primer párrafo del artículo 56 garantiza la neutralidad en el acceso a contenidos, aplicaciones y servicios en línea, el segundo permite que los proveedores de Internet hagan ofertas segmentadas según el perfil de consumo de los usuarios.

Para los críticos, esta habilitación normativa ha servido de base para legitimar el zero rating y, con ello, vulnerar la equidad en el tráfico de datos.

Durante la audiencia pública realizada en noviembre de 2022, expertos nacionales e internacionales expusieron sus posiciones frente a la demanda. Algunas organizaciones, como R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, argumentaron que este modelo no reduce la brecha digital, sino que la consolida.

Según estudios citados durante el proceso, en regiones donde el zero rating está permitido, el precio de los servicios de datos tiende a aumentar, mientras que en aquellas donde se ha prohibido, los costos han disminuido.

Cuál es la posición de los operadores

ANTENA (Pexels)

Desde el lado de los proveedores de servicios de Internet, la defensa del zero rating se basa en su supuesta contribución al acceso digital. Afirman que permite a más personas estar conectadas, aunque sea de manera limitada, y que representa un incentivo para la inclusión digital.

Este argumento, sin embargo, ha sido cuestionado por considerar que habilita una experiencia digital fragmentada y condicionada, donde la libertad de información y elección se ve restringida por los acuerdos comerciales entre operadores y grandes plataformas tecnológicas.

A la espera de un fallo definitivo, la discusión ha generado una fuerte polarización entre quienes defienden el acceso gratuito, aunque limitado, y quienes exigen una Internet abierta y sin discriminación.

Lo cierto es que la decisión de la Corte tendrá implicaciones directas sobre la forma en que millones de colombianos acceden a contenidos digitales y podría redefinir el modelo de conectividad móvil en el país.

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